Cada vez son más las personas extranjeras que se deciden a emprender y a montar una empresa o negocio en España. Ahora bien, Si no eres residente en este país, ya te habrás dado cuenta de que te piden varios documentos para hacer cualquier acción legal. Uno de ellos, y de los más importantes, es el certificado de residencia. Son con ese papel, podrás retener el porcentaje de IRPF en concepto de derechos de autor. Algo que se establezca en el propio Convenio de doble imposición (CDI) firmado entre España y tu país de residencia fiscal. Por el contrario, si no lo tienes, se deberá retener, en términos generales, al 24%. Aquí puedes ver todos los convenios que tiene firmados España.
Y es que, se puede tener permiso de residencia o residencia administrativa en un país, y no tener, sin embargo, la consideración de residente fiscal en el mismo. En algunos casos le resultará necesario acreditar la residencia fiscal en España, bien para acreditar, en general, la residencia en territorio español, bien para acreditar la condición de residente en España a efectos de aplicar los convenios de doble imposición suscritos por España.
El certificado
“El certificado de residencia fiscal es un documento que emiten las autoridades tributarias del país de residencia de cada sujeto pasivo, en el que confirman que el solicitante es residente fiscal en dicho país a efectos de aplicar las retenciones convenidas entre el país de la renta (España) y el de residencia”, nos explican desde la Gestoría Solicitor, que son especialistas en estos trámites.
Este despacho profesional te asesorará acerca de los requisitos legales así como toda la documentación necesaria para la obtención de dicho certificado. Una vez con él, ya podrás poner en marcha tu negocio.
A tales efectos, existen distintos modelos de certificado, por lo que sin entrar en mayores detalles, debe solicitarse un certificado de residencia a efectos del Convenio entre ese país y España, a las autoridades tributarias del país de residencia.
Tienes que saber que este certificado hay que renovarlo, normalmente, cada año. A tales efectos, nótese que por ejemplo en Gran Bretaña se emiten certificados donde establece la residencia de abril a marzo (año tributario en aquel país), pero normalmente la vigencia de los mismos coincide con el año natural. Así, si se obtiene un certificado donde se indica que alguien es residente en Francia en el 2017, para 2018 será necesario otro documento.
Cómo conseguirlo
Es muy fácil de conseguirlo. Para ello hay que entrar en la página web de la Agencia Tributaria. La solicitud por Internet de una certificación de residencia fiscal requiere la identificación mediante certificado, DNI electrónico o Cl@ve PIN. Si el titular no dispone de identificación electrónica, la solicitud de esta certificación está habilitada para terceros siempre que se trate de un colaborador social autorizado o si está apoderado por el titular para este trámite. Para ello tiene que entrar en «Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Residencia fiscal».
Deberás introducir los datos solicitados en el formulario. En caso de actuar a nombre de terceros, marca la casilla correspondiente e incluye los datos que te solicita el formulario. Haces clic en «Validar solicitud»; a continuación, revisa que los datos son correctos y pulsa «Firmar y Enviar».
Siempre que sea posible se obtendrá el certificado de forma inmediata aunque siempre estará disponible si se accede con el mismo certificado electrónico con el que se solicitó a través de la opción «Consulta de certificaciones expedidas» disponible en el menú «Certificaciones» de la Sede Electrónica. Además con el CSV asociado a dicha presentación podrá recuperar el documento desde el «Cotejo de documentos mediante código seguro de verificación (CSV)» de la Sede Electrónica.
La certificación también podrá solicitarse en la Administración o Delegación de la AEAT que corresponda a su domicilio fiscal mediante la presentación del Modelo 01 que puede descargar desde el apartado «Información y ayuda» «Información general», «Descarga del modelo», en la página de trámites del certificado de residencia fiscal.
Si el contribuyente solicita por Sede Electrónica el certificado pero no cumple los requisitos para emitírselo en el momento, se le permite completar la solicitud, se genera un documento de denegación del certificado y se ofrece una alternativa para seguir con la tramitación sin acudir a la Administración. Tendrá que acceder al trámite «Contestar requerimientos, efectuar alegaciones y/o aportar documentos o justificantes» de expedición de certificados de residencia fiscal para aportar la documentación justificativa de la residencia fiscal en España y reabrir así el expediente.
Ahora ya conocemos un poco más sobre los certificados de Residencia Fiscal en España.