Plan de limpieza y desinfección en el centro de trabajo

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Toda edificación debe someterse de manera regular a un plan de limpieza y desinfección exhaustivo, conforme a la ley, y en especial, los edificios de vivienda y locales comerciales o de hostelería, que exige una serie de preguntas previas, a fin de que las tareas, consigan los mejores resultados. Hay ciertas aspectos que han de definirse y para ello, es necesario hacerse ciertas preguntas, como ¿cuándo hay que limpiar y desinfectar?, además de identificar cuándo y con qué frecuencia se llevarán a cabo la limpieza y la desinfección, tras la jornada de trabajo, después de usarse, antes de usarse; ¿quién realiza la limpieza y desinfección? Para ello hay que identificar a las personas responsables de realizar las tareas de limpieza y desinfección.

Es muy importante, aseguran en Gadeslimp, que el personas responsable esté adecuadamente formado para aplicar el sistema en condiciones de seguridad y de manera eficaz. Y si el producto esté autorizado para uso exclusivo de personal especializado, entonces tendrán que tener el carné adecuado. Esta empresa, líder en el sector de la limpieza, ofrece sus servicios a precios muy competitivos, por lo que en la actualidad, es todo un referente en el sector de los servicios integrales de limpieza y tratamientos de suelos en Cádiz. A fin de ofrecer los mejores resultados, Gadeslimp cuenta con los mejores profesionales y los medios técnicos, para conseguir los mejores resultados al mejor precio para sus clientes. Nuestra política de empresa, está basada en satisfacer de manera óptima la necesidad de ofrecer un servicio en función de la calidad y profesionalidad. Los mejores productos, los mejores profesionales y medios técnicos excelentes, con la máxima rentabilidad para sus clientes.

Operaciones de limpieza y desinfección paso a paso

Las operaciones de limpieza y desinfección exigen ciertas comprobaciones, como por ejemplo, la

dosis de desinfectantes, el tiempo de actuación, la temperatura del agua de desinfección de

utensilios, aclarado, secado, etc. Además, hay que comprobar el resultado de las operaciones de la limpieza de las superficies, de la maquinaria, de las instalaciones, etc, así como el resultado de las operaciones de desinfección. Para ello, hay que explicar los métodos de comprobación que se utilizan: comprobaciones visuales, pruebas físico-químicas (temperatura del agua de desinfección, pH del agua de aclarado, etc, y pruebas microbiológicas.

Por otro lado, hay que definir el lugar de tal comprobación, o bien el utensilio, por ejemplo, determinada estancia, un cuchillo, una mesa… Para definir la frecuencia ha de tenerse en cuenta el uso de la instalación o el equipo y el riesgo de contaminación de los alimentos. El responsable de la organización designará a la persona encargada de efectuar cada una de las actividades de comprobación, que no puede ser la misma persona que realiza la limpieza y desinfección. Finalmente, los resultados, las incidencias y las actuaciones derivadas. se registrarán, previa elección del sistema.

Es necesario llevar un registro de las acciones que se llevan a cabo y guardarlos registros:

  1. Registro de realización de las operaciones de limpieza y desinfección.
  2. Registro de los controles visuales de la limpieza.
  3. Registro de los resultados de los análisis microbiológicos de las superficies.
  4. Registro de incidencias y de medidas correctoras.

En cuanto a los productos de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización permitidos por la ley, vienen definidos en las siguientes disposiciones generales:

  1. Real Decreto 1054/2002, de 11 de Octubre de 2002, por el que se regula el proceso de evaluación para el registro, autorización y comercialización de biocidas (B.O.E. 15.10.2002)
  2. Directiva objeto de transposición: Directiva 98/8/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero, relativa a la comercialización de biocidas
  3. Real Decreto 770/1999, de 7 de Mayo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de detergentes y limpiadores. (B.O.E. 16.05.1999)
  4. Orden, de 8 de Marzo de 1994, sobre normativa reguladora de la homologación de cursos de capacitación para realizar tratamientos de plaguicidas (B.O.E. 15.03.1994)
  5. Orden, de 24 de Febrero de 1993, por la que se normalizan la inscripción y funcionamiento del Registro de Establecimientos y Servicios de Plaguicidas (B.O.E. 04.03.1993)
  6. Real Decreto 3360/1983, de 30 de Noviembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Lejías. (B.O.E. 28.01.1984)
  7. Modificado por: Real Decreto 349/1993 de 5 de marzo, por el que se modifica la Reglamentación Técnico •Sanitaria de Lejías aprobada por el Real Decreto 3360/1983, de 30 de noviembre
  8. Real Decreto 3349/1983, de 30 de Noviembre, por el que se aprueba Reglamentación Técnico-Sanitaria para fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas. (B.O.E. 24.01.1984). Modificado por Real Decreto 162/1991, de 8 febrero (B.O.E. 15.02.1991). Modificado por Real Decreto 443/1994, de 11 de marzo (B.O.E. 30.03.1994)

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